¿Qué es la Ley de Donaciones Culturales?

Es un instrumento de financiamiento mixto contenido en el artículo 8° de la Ley N° 18.985, modificada por la Ley N° 20.675. Su lógica es simple: una empresa aporta recursos a un proyecto cultural aprobado por el Estado, y a cambio recibe un beneficio tributario equivalente al 50% del monto donado, imputado directamente contra su Impuesto de Primera Categoría.

No es un gasto adicional. Es una redirección de impuesto ya comprometido: en vez de pagar al fisco, la empresa decide que ese dinero vaya a financiar cultura, arte y patrimonio en Chile.

Cómo funciona el mecanismo

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El proyecto se presenta al Comité

El beneficiario (una organización cultural, corporación, fundación, universidad u otro organismo habilitado) presenta su proyecto al Comité Calificador de Donaciones con Fines Culturales, dependiente del Ministerio de las Culturas. El Comité tiene 60 días para aprobarlo o rechazarlo.

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El proyecto queda publicado en el Banco de Proyectos

Una vez aprobado, el proyecto aparece en el portal oficial donaciones.cultura.gob.cl. Desde ese momento puede recibir donaciones con beneficio tributario.

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La empresa dona y recibe el Certificado N°40

El donante transfiere los recursos directamente al proyecto. El beneficiario emite el Certificado N°40 de forma electrónica a través del portal del Comité. Ese certificado es el respaldo tributario de la donación.

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La empresa imputa el crédito en su declaración

Con el certificado, la empresa imputa el crédito del 50% contra su Impuesto de Primera Categoría en la declaración anual de renta. Desde 2024, es el Ministerio de las Culturas quien informa al SII las donaciones declaradas por los beneficiarios.

¿Quién puede donar?

Pueden donar y acceder al beneficio tributario:

  • Empresas contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría que declaren renta mediante contabilidad completa y tengan utilidades.
  • Contribuyentes de primera categoría con pérdida tributaria del ejercicio (en ciertas condiciones).
  • Personas naturales contribuyentes del Impuesto Global Complementario.
  • Trabajadores dependientes contribuyentes del Impuesto Único de Segunda Categoría.
  • Extranjeros con actividad comercial en Chile afectos al Impuesto Adicional.

No acceden al beneficio tributario como donantes:

  • Empresas del Estado.
  • Organismos o municipalidades con participación superior al 50% del capital en la empresa donante.

Calcula el beneficio tributario para tu empresa

Ingresa los datos de tu empresa y el monto que estás considerando donar. El simulador calcula automáticamente cuánto recuperas vía crédito tributario y cuál es el costo real de tu aporte.

Simulador de Beneficio Tributario – Ley de Donaciones Culturales

Ley de Donaciones Culturales (Ley N° 18.985). Calcula el impacto real, rebajas e incentivos fiscales para inversiones estratégicas en el sector cultural.

Aviso de Simulación Educativa: Los valores arrojados por este módulo corresponden a un modelo matemático e ilustrativo derivado de la Ley de Donaciones. No reemplazan la asesoría de un especialista contable ni constituyen auditoría tributaria formal.
Concepto educativo: Total de capital recaudado por la venta de bienes o servicios comerciales en un ciclo, previo a la aplicación de deducciones o costos operativos.
Concepto educativo: Egresos estrictamente obligatorios e indispensables para mantener activo el giro mercantil de la organización.
Concepto educativo: Capital destinado de forma líquida al proyecto cultural certificado. El proyecto recibe de manera íntegra el 100% de este valor aportado.
Régimen Impositivo: Determina el porcentaje de impuesto sobre las utilidades líquidas que le corresponde declarar a la figura corporativa.
Valor UTM de Referencia
$71.506
Indicador referencial para aplicar el tope legal absoluto determinado por ley (Máximo 20.000 UTM).

¿Qué organizaciones pueden recibir donaciones?

Para que una organización pueda recibir donaciones con beneficio tributario, su proyecto debe ser aprobado previamente por el Comité Calificador. Las entidades habilitadas para postular son:


  • Universidades e institutos profesionales estatales o particulares reconocidos por el Estado
  • Bibliotecas abiertas al público en general o las entidades que las administran
  • Corporaciones y fundaciones sin fines de lucro cuyo objeto sea la investigación, desarrollo y difusión de la cultura y el arte
  • Organizaciones comunitarias funcionales constituidas conforme a la Ley N° 19.418
  • Museos estatales y municipales
  • Museos privados abiertos al público, de propiedad y administración de personas jurídicas sin fines de lucro
  • El Consejo de Monumentos Nacionales

La aprobación del proyecto por el Comité no garantiza la obtención de fondos. Solo certifica que el proyecto puede recibirlos. La responsabilidad de encontrar donantes es del propio beneficiario.

¿Cómo puede ayudarte Estación C?

Proyectos culturales con impacto real

Estación C articula proyectos artísticos, culturales y patrimoniales en distintos territorios de Chile. Aquí algunos ejemplos del tipo de iniciativas que pueden ser beneficiarias de donaciones culturales.

Pickua

Pickua zapatos

Cantora chilena con una propuesta interdisciplinaria que fusiona cueca brava, repertorio popular y música latinoamericana en una experiencia escénica donde tradición, interpretación y contemporaneidad dialogan con el público.

Espacio cultural La Casona234

Espacio cultural La casona

Espacio de creación, encuentro y difusión cultural en el territorio. Un lugar que hace posible que el arte ocurra cerca de las personas.

Organización Terrasol

organización terrasol

Investigación y educación patrimonial en torno a la cerámica tradicional. Un proyecto que vincula memoria, territorio e identidad comunitaria con prácticas artesanales vivas.

¿Tienes preguntas sobre donaciones culturales?

Escríbenos. No prometemos respuestas inmediatas, pero sí respuestas útiles.

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